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Ex presidente de ASDENO envía carta abierta a periodista y aclara dichos

 

Alfredo Martin Illanes

 

El abogado, ex notario y ex presidente de la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros judiciales de Chile, Alfredo Martin Illanes, envió una carta abierta al periodista Daniel Matamala, quien en uno de sus podcast se refirió a «La casta de los notarios», aludiendo comentarios que fueron respondidos por el ex dirigente del gremio notarial y registral, quien actualmente cumple funciones de en el ámbito de la docencia.

A continuación puedes revisar la carta que fue difundida a los medios de comunicación.

 

Señor

Daniel Matamala Thomsen

Presente

Estimado Señor Matamala:

He escuchado con atención su podcast, programa en que se refirió a “La Casta”, aludiendo a notarios y conservadores, respecto de lo cual estimo necesario señalar lo siguiente:

Entiendo la libertad que tiene todo periodista para emitir opiniones y entiendo también, que lo serio y responsable es que esas opiniones se viertan con el debido conocimiento, respeto y estudio del asunto que se comenta.

No resulta aceptable que un periodista, con su formación, hable de “casta”, ya que no he encontrado en las definiciones establecidas, alguna que pueda relacionarse con los Ministros de Fe, Auxiliares de la Administración de Justicia, salvo que dicho calificativo haya sido utilizado de manera peyorativa, lo que me parecería impropio en periodistas como usted.

En su programa se faltó a la verdad y se emplearon términos descalificatorios al referirse al sistema de notarios y conservadores, llegándose al extremo de expresar que los notarios les pasaban papelitos a los parlamentarios prácticamente para guiarlos en sus opiniones y que habían estado presentes en todas las sesiones, omitiendo señalar que dicha presencia fue autorizada, previa petición formal y por los canales oficiales, por todos los integrantes de la Comisión respectiva, sin entregarse jamás ningún papelito, como se puede apreciar en las grabaciones de las sesiones de las comisiones y que ustedes desconocieron u omitieron revisarlas.

En cuanto a las opiniones de sus invitados, aquellas vertidas por el señor Claudio Agostini, son propias de su profesión, con una mirada estrictamente economicista donde todo es mercado, incluso la fe pública, lo que es propio de su formación. Sin perjuicio de ello, habría sido más prudente que hablara de lo que sabe y no de aquello que desconoce y que no ha estudiado, al menos, ni en sus aspectos más elementales.

Son tantas las inexactitudes, estigmatizaciones, y descalificaciones en las que se incurrió, que sería largo referirse a cada una de ellas, por lo que prefiero entregarle antecedentes para que pueda interiorizarse, al menos en lo básico, respecto al sistema notarial y registral.

En Chile y en buena parte del mundo que utiliza el sistema registral latino, (más del 70% de la población mundial), los notarios son profesionales de derecho que, facultados por el Estado, otorgan Fe Pública. En la práctica, eso significa que deben certificar hechos, pre constituir pruebas, realizar inscripciones, anotaciones, resguardar documentos, certificar la legalidad de variados actos y contratos, tanto públicos como privados.

Al respecto, es importante señalar que parte esencial de la función notarial, es realizar un control preventivo de legalidad de los documentos, actos y certificados, no sólo en cuanto a identificar a los firmantes, sino en cuanto a generar documentos válidos que permitan el normal desarrollo de las actividades jurídicas y económicas entre las personas. Esta intermediación del notario, es la que permite la realización de numerosas transacciones entre las personas, pues esa confianza, que muchas veces los solicitantes no son capaces de lograr entre sí, la obtienen a través de un profesional del derecho, que le da confianza, estabilidad, seguridad y credibilidad a un determinado acto o contrato.

Cuando se firma un contrato ante notario, no sólo se está certificando que las personas son quienes dicen ser, sino también, que ellas están firmando libremente, en pleno ejercicio de sus facultades cognitivas y que el contrato se ajusta a derecho. De esta manera, cumplen un rol determinante en el campo de la justicia preventiva, que tantos beneficios jurídicos y económicos reporta para las personas y para el Estado.

Por muchas críticas que se formulen y que pretenda poner en duda, por unos muy pocos casos, la eficacia y seguridad que entrega el sistema, se debe aclarar que sólo el 0,001% de las actuaciones notariales y registrales han sido objeto de un litigio.

Por otra parte, existen legítimos reparos al estudio de Fiscalía Nacional Económica, que fue tan parcial, que ninguna de las más de 120 observaciones que se hicieron, asesorados por especialistas en esta materia, fueron consideradas. Entre esos elementales errores en que incurre, procedió a determinar los costos de la actividad notarial y registral, sin referirse en ninguna parte a los costos de transacción, elemento vital para un informe de esa naturaleza. En el ámbito del valor económico de la Justicia Preventiva que emana de los notarios y conservadores, le señalo que si sólo el 12% de las actuaciones que hoy se realizan derivaran en un juicio, al no existir este control de legalidad, sería necesario crear tantos tribunales como hoy existen lo que, considerando sólo el gasto operativo para el Estado, tendría un costo de aproximadamente USD 700 millones anuales. A ello, habría que agregar el gasto que significa para los ciudadanos el verse obligados a acreditar hechos por la vía judicial, con un tiempo bastante más extenso y a un costo mucho mayor que acreditar dichos hechos en sede notarial. En esta materia, el ahorro para las personas es superior a los 290 millones de dólares al año. Es por ello, que la labor notarial y registral, en el ámbito de la justicia preventiva, constituye, más que un costo para la sociedad, un importante beneficio, seguridad y ahorro.

El ex ministro de Justicia, don Hernán Larraín, ha reconocido, tanto en el mensaje que precedió al proyecto de ley ya aprobado en el parlamento, como en su programa emitido, que el sistema notarial y registral en Chile genera confianza y que cumple con su rol, esto es, que da cumplimiento a la labor fundamental que establece la ley.

No concuerdo con él en que no se haya avanzado con el proyecto de ley, eso lo contradice el propio Parlamento y el Ejecutivo, quienes han señalado que la aprobación de dicho proyecto constituye un significativo avance en materia de modernización del sistema.

Es posible que la afirmación del ex señor ministro, en el sentido que no se avanzó, pueda estar sustentada en que no se haya aprobado la figura del Fedatario, la que importaba un claro factor de riesgo para el sistema, ya que un ministro de fe como ese fedatario, sin posibilidad de fiscalización alguna, instalado en cualquier parte y precariamente, iba a ser capturado por grupos de interés e incluso, por el crimen organizado, que tenía la posibilidad de tener parte importante de la fe pública a su servicio. Ese Fedatario no iba a realizar solamente trámites simples de mesón, como se ha dicho erradamente, sino que quedaba facultado para autorizar compraventas de vehículos, certificar Juntas de Acciones, certificar acuerdos de directorio, concurrir a asambleas de copropietarios, autorizar pagarés, contratos de mutuos, de arriendo, promesas, letras de cambio, finiquitos de trabajo, contratos de trabajo y certificar los más variados hechos pre constitutivos de pruebas en juicio y otras actuaciones.

En cuanto a la confianza que genera el sistema, es extraño que nunca se comente que las personas salen tranquilas respecto de la validez de un documento notarial o que ellas nunca ponen en duda la plena probidad y rectitud del notario cuando dejan en su poder cuantiosos documentos de pago endosados en blanco; que ninguna persona que tiene una propiedad deba contratar un caro seguro de título o tener que contratar personas para vigilar y verificar si su título de dominio ha sido alterado. Los ciudadanos inscriben sus títulos y depositan la total confianza en la custodia que de ellos hace el Ministro de Fe y paga, una sola vez, no más del 0,03 por ciento del valor del contrato (que por lo demás tiene tope máximo). El sólo seguro de título, obligatorio en los países que utilizan el sistema sajón, tiene un valor de, al menos, un 1% del valor de la propiedad.

En cuanto a que el sistema es caro, también constituye una falsedad, ya que estudios comparados que se han realizado, reflejan que Chile tiene uno de los sistemas notariales y registrales más baratos del mundo.

En lo que se refiere a los nombramientos, cuando me desempeñé, varios años, como presidente o vicepresidente de la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile, siempre y hasta hoy, fuimos partidarios de la meritocracia y de limitar, al máximo cualquier tipo de discrecionalidad en los mismos; también fuimos partidarios y así lo solicitamos, de establecer un estándar tecnológico para todos los Oficios, con el objeto que, sin poner en riesgo la seguridad jurídica, la labor tuviera mayores espacios de eficiencia. También, durante años propusimos que se eliminaran una serie de trámites innecesarios y así me correspondió exponerlo en el parlamento y están las actas y las grabaciones que lo demuestran.

Señor Matamala, la estigmatización y desconocimiento de esta labor lleva a muchas personas a calificarla muy ligeramente y, desgraciadamente, usted no ha estado ajeno a eso y por ello, sería del todo necesario que, en una próxima oportunidad, usted se informara mejor y así pueda entregar una mejor orientación a la opinión pública. Por mi parte, ya no ejerzo la función notarial, pero cada día la valoro más, por el gran aporte que significa para el desarrollo de las personas y del país.

Saludos cordiales,

Alfredo Martin Illanes Abogado

Ex Notario

Ex Presidente de la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile.