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InformaciĂłn

Campaña Notaría en Terreno

Con motivo de la crisis sanitaria producida por el COVID19, la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales implementó la campaña Notaría en Terreno. Esta iniciativa consta de tres medidas estructurales que van en beneficio de los usuarios del servicio, resguardando la seguridad jurídica que el sistema otorga a las personas.

Visitas a Domicilio

Los notarios han reforzado las salidas a terreno, en particular a los domicilios de los usuarios, para autorizar la firma de documentos que, por su importancia y efectos, requieren la presencia de un ministro de fe.

Noticias Destacadas

LA ASOCIACIÓN

Presidente

Carlos Swett Muñoz

Notario PĂșblico de QuilpuĂ©
Vice-presidente Notario

Alfredo Martin Illanes

Notario PĂșblico de Santiago
Vice-presidente Conservador

Luis Maldonado Croquevielle

Conservador de Bienes RaĂ­ces de Santiago
Director Secretario

Cosme Fernando Gomila

Notario PĂșblico de Santiago
Director Tesorero

Jenson Kriman Nuñez

Notario PĂșblico de San Antonio

Miembros del directorio

Nestor Avila Urrutia
Notario PĂșblico y Conservador de Bienes
RaĂ­ces de Curanilahue
Enrique Monasterio Rebolledo
Conservador de Bienes
RaĂ­ces de Castro
Gaby Hernandez Soto
Notario PĂșblico de Copiapo
RegiĂłn de Atacama
Claudia Brahm Bahamonde
Notario y Conservador de Bienes
RaĂ­ces de Los Muermos
Carolina Moreno Jashes
Notario, Conservador y Archivero
Judicial de Caldera

PREGUNTAS FRECUENTES

¿ES NECESARIO UN ABOGADO PARA REALIZAR UN TRABAJO EN LA NOTARÍA?

  • De acuerdo al inciso 1° del artĂ­culo 413 del CĂłdigo OrgĂĄnico de Tribunales, se requiere un abogado para las siguientes contratos: escritura de constituciĂłn, modificaciĂłn, resciliaciĂłn o liquidaciĂłn de sociedades, conyugales, de particiĂłn de bienes, escrituras constitutivas de personalidad jurĂ­dica de asociaciones de canalistas, cooperativas, contratos de transacciones y contratos de emisiĂłn de bonos de sociedades anĂłnimas, deben ser extendidas en los protocolos notariales sobre la base de minutas firmadas por algĂșn abogado. 

REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD

  • Minuta de un Abogado.
  • ReducciĂłn a escritura pĂșblica en una NotarĂ­a.
  • InscripciĂłn en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes RaĂ­ces que corresponda.
  • PublicaciĂłn en el Diario Oficial.
  • Hecha la inscripciĂłn en el Conservador de Bienes RaĂ­ces competente y la publicaciĂłn del extracto en el Diario Oficial, se devuelve a la NotarĂ­a para proceder a la protocolizaciĂłn de los documentos.

REQUISITOS PARA OTORGAR UN PODER GENERAL

  • Ser Mayor de 18 años
  • CĂ©dula de identidad al dĂ­a
  • Si es mayor de 80 años, se debe consultar la necesidad de Certificado mĂ©dico otorgado por neurĂłlogo. 

REQUISITOS PARA UN CERTIFICADO DE ESTADO CIVIL

  • Se necesitan 2 testigos mayores de 18 años, que no sean familiares para otorgar este certificado, quienes acreditan el estado civil del interesado, quien no necesita comparecer.
  • CĂ©dula de identidad al dĂ­a

REQUISITOS PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJE

  • Presentarse padre y madre con su cĂ©dula de identidad al dĂ­a y certificado de nacimiento del menor, cuando los menores salgan con una persona distinta a ellos.
  • En caso de que el menor salga fuera del paĂ­s con la madre, es el padre quien otorga la autorizaciĂłn con los requisitos indicados en el pĂĄrrafo anterior, y si el menor sale con el padre, es la madre la que otorga la autorizaciĂłn con los requisitos indicados en este punto.

REQUISITOS PARA AUTORIZACIÓN FIJAR DOMICILIO COMERCIAL

  • Esta declaraciĂłn la realiza el propietario del inmueble, quien debe ser mayor de 18 años.

REQUISITOS PARA VENDER UN VEHÍCULO

  • Certificado de Anotaciones del vehĂ­culo, que debe ser del mismo dĂ­a de la venta. 
  • Permiso de CirculaciĂłn al dĂ­a.
  • Si el vendedor o el comprador, son personas jurĂ­dicas, deben ademĂĄs traer el Rut de la Empresa y la escritura por la cual consta su personerĂ­a para representarla, con vigencia.

REQUISITOS PARA CELEBRAR UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

  • El Arrendador debe presentar documentos que acrediten propiedad del inmueble.
  • Ambas partes deben presentarse con su cĂ©dula de identidad al dĂ­a, y ser mayores de 18 años.
  • En caso de que el arrendador y el arrendatario, sean personas jurĂ­dicas deben presentar el Rut., y copia de la escritura por la cual consta su personerĂ­a.

REQUISITOS PARA TRANSFERIR UN BIEN RAÍZ

  • Copia de escritura que originĂł el tĂ­tulo de dominio.
  • Copia de la inscripciĂłn de dominio vigente, otorgado por el Conservador de Bienes RaĂ­ces que corresponda.
  • Certificado de Hipotecas y GravĂĄmenes otorgado por el mismo Conservador de Bienes RaĂ­ces.
  • Certificado de no ExpropiaciĂłn otorgado por el Serviu y otro por la Municipalidad que corresponda al domicilio de la propiedad que se vende.

REQUISITOS PARA OTORGAR UN TESTAMENTO

  • «El testamento es un acto solemne, en que una persona dispone de todo o parte de sus bienes para que tenga efecto despuĂ©s de sus dĂ­as, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en «l mientras viva», segĂșn lo define el artĂ­culo 999 del cĂłdigo civil.
  • El testamento solemne abierto -que es el que mĂĄs se utiliza- debe constar por escrito y otorgarse ante competente escribano y tres testigos.
  • El testamento solemne cerrado se otorga tambiĂ©n ante Notario y tres testigos, para lo cual el testador debe concurrir al acto con su testamento previamente hecho, el que se guarda en un sobre lacrado y sellado que firman el testador, los testigos y el Notario. Del contenido de este documento sĂłlo tiene conocimiento el testador.

PROTESTO DE LETRAS

  • Quien realice el pago debe tener en su poder la notificaciĂłn del banco o de la notarĂ­a, o el nĂșmero de cĂ©dula de identidad del aceptante. Al momento del pago la persona debe cancelar los gastos y derechos de la notarĂ­a en dinero efectivo. Estos cobros varĂ­an en relaciĂłn al monto de la letra protestada.

TRAMITACIÓN EMPRESAS EN UN DÍA

  • Requiere traer el nĂșmero de atenciĂłn, cĂ©dula de identidad de los firmantes y no se necesita tomar nĂșmero.

ACTUACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

  • Se recomienda presentarse con Certificado de Vigencia de la personerĂ­a de quien comparece, otorgado por el Conservador de Comercio o por el Registro de Empresas en Un dĂ­a, segĂșn corresponda.

DIRECTORIO NACIONAL DE NOTARIAS

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